Claudia Sheinbaum. Foto: Enrique Pérez Huerta
Claudia Sheinbaum responde a críticas por reforma a Guardia Nacional: “solo muestran su ignorancia"
La presidenta Claudia Sheinbaum, este martes 24 de junio, defendió la reforma a la Ley de la Guardia Nacional, particularmente en el punto que permitiría a sus integrantes solicitar licencia especial para competir en elecciones.
Desde su conferencia matutina, la mandataria calificó estas objeciones como “ignorantes” y aseguró que esa posibilidad ya está contemplada en la Constitución desde 1917.
¿Cómo defendió Sheinbaum sobre la reforma a la Guardia Nacional?
“Una de las críticas muy ignorante, que muestra nada más su ignorancia, es que ahora un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular [...] bueno, resulta que esto viene desde la Constitución del 17”, expresó.
Acompañada por la consejera jurídica Ernestina Godoy y la titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Marcela Figueroa, Sheinbaum defendió que lo planteado en la iniciativa no es una innovación, sino una homologación con lo ya estipulado para las Fuerzas Armadas.
¿Qué dice la Constitución sobre militares en cargos de elección?
Durante la conferencia, Sheinbaum citó el Artículo 55 de la Constitución, que establece los requisitos para ser diputado federal, entre ellos no estar en servicio activo en el Ejército ni tener mando policial en el distrito electoral correspondiente, al menos 90 días antes de la elección.
Ante ello, aseguró: “No hay nada nuevo. Es nada más por ignorancia en la crítica, la verdad”.
Asimismo, hizo referencia a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, vigente desde 1986, que establece cuatro tipos de licencias, una de las cuales, la licencia especial, permite a los militares separarse temporalmente para contender en procesos electorales sin goce de sueldo.
¿Qué tipo de licencias existen en las Fuerzas Armadas?
El jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, Arturo Coronel Flores, explicó que existen cuatro tipos de licencias para los elementos del Ejército y la Fuerza Aérea:
- Licencia ordinaria: para asuntos personales, por un máximo de seis meses.
- Licencia ilimitada: para separaciones mayores a seis meses, sin goce de haberes.
- Licencia especial: para desempeñar cargos de elección popular.
- Licencia por edad límite: para la transición a la vida civil tras 30 años de servicio.
Coronel Flores señaló que la licencia especial está alineada con los artículos 85 y 88 de la Constitución, y que su homologación a la Guardia Nacional es coherente con lo ya establecido para las Fuerzas Armadas.