Anula TEPJE multa impuesta por INE a Samuel García
De acuerdo a la resolución del tribunal, el INE no llegó al fondo del asunto, por lo que se desestimó su sanción.
MONTERREY, Nuevo León.- Magistrados integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) votaron de manera unánime para revocar la multa de 28 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) le impuso al gobernador electo de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, por supuestamente recibir recursos para su campaña aportados por su familia.
De acuerdo a la resolución del tribunal, el INE no llegó al fondo del asunto, por lo que se desestimó su sanción.
Durante su sesión ordinaria celebrada este miércoles, los siete magistrados de la Sala Superior llegaron concluyeron en revocar el acuerdo del órgano electoral, ya que sus consejeros no fueron exhaustivos en su investigación.
La acusación por la que se impuso la multa a Movimiento Ciudadano (MC) y a García Sepúlveda por 28 millones de pesos, se basó en supuestas aportaciones ilegales de recursos en la pasada campaña electoral de Nuevo León.
El INE determinó la sanción al partido y a su excandidato con el 25 por ciento de las prerrogativas mensuales hasta llegar a 28 millones de pesos.
En su argumentación para dictar su fallo, los magistrados señalaron que se revoca el acuerdo administrativo del INE, ya que la autoridad no citó a declarar a las personas morales que dieron los recursos a la campaña de Samuel García, lo cual no permitió presentar sus alegatos de defensa del por qué habían donado dinero.
Otra de las omisiones de los consejeros electorales es que no se pronunció en el Consejo General del INE sobre la totalidad del monto de los recursos que fueron supuestamente aportados de manera ilegal.
Por ello, la Sala Superior ordenó al Instituto Nacional Electoral a que en un plazo de 15 días, a partir de que sean notificados, emita una nueva resolución basado en las diligencias correspondientes, así como valoren los medios de prueba y de los involucrados.
El acto impugnado es la resolución INE/CG1313/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que declaró fundado el procedimiento de queja en materia de fiscalización, instaurado en contra de Movimiento Ciudadano y García Sepúlveda, en el marco del proceso electoral local ordinario en dicha entidad federativa.