Durante la audiencia de imputación, el Agente del Ministerio Público expuso datos de prueba contundentes que acreditaron la existencia del delito. Foto: Canva.
Vinculan a proceso a entrenador deportivo por acoso sexual en Nuevo León
La Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León informó sobre un avance significativo en la impartición de justicia relacionada con delitos de género.
Este 3 de diciembre de 2025, un Juez de Control dictó auto de vinculación a proceso en contra de Marco Antonio "N", quien es señalado como probable responsable del delito de acoso sexual en perjuicio de una mujer adulta.
¿Qué relación existía entre el acusado y la víctima?
De acuerdo con la carpeta de investigación presentada por la Unidad de Investigación y Litigación especializada en Delitos Sexuales, los hechos ocurrieron entre los años 2020 y 2022. Se estableció que Marco Antonio "N" aprovechó una relación de confianza y autoridad, ya que fungía como entrenador deportivo de la víctima, identificada con las iniciales H.G.
Valiéndose de esta posición, el imputado presuntamente realizó actos con características evidentes de acoso sexual en diversos lugares, vulnerando la integridad de la afectada bajo el amparo de su rol profesional.
¿Cuál fue la determinación de la autoridad judicial?
Durante la audiencia de imputación, el Agente del Ministerio Público expuso datos de prueba contundentes que acreditaron la existencia del delito y la probable participación del acusado.
Tras analizar los argumentos, el Juez estimó suficientes los motivos aportados para resolver la situación jurídica del imputado, dictando formalmente el Auto de Vinculación a Proceso.
- Además, se fijó un plazo de un mes para el cierre de la investigación complementaria.
¿Qué medidas cautelares deberá cumplir el imputado?
Con el objetivo de salvaguardar la integridad de la víctima y asegurar el desarrollo del proceso penal, la autoridad judicial impuso una serie de restricciones estrictas que Marco Antonio "N" deberá acatar de inmediato:
Prohibición de acercamiento: No podrá convivir, comunicarse o acercarse a la víctima, ni concurrir a determinados lugares o reuniones donde ella se encuentre.
Vigilancia oficial: Quedará sujeto al cuidado y supervisión obligatoria de la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA).