Compradores cruzan la frontera con sus bolsas llenas desde McAllen durante el puente largo Foto: Canva
¿Ya vienes de McAllen con compras? Esto revisará Aduana al regresar
Durante este puente largo, el flujo de compradores regiomontanos hacia McAllen se disparó nuevamente.
Televisores, ropa, electrónicos e incluso artículos de temporada cruzan por las aduanas en un tránsito constante que, aunque habitual, sigue despertando una pregunta crucial: ¿cuánto puedes pasar de mercancía sin pagar impuestos al regresar de McAllen a Nuevo León?
¿Cuál es el monto real que puedes ingresar sin pagar impuestos al regresar de McAllen?
De acuerdo con la normatividad vigente, los viajeros que vuelven desde McAllen por vía terrestre pueden ingresar mercancía con un valor máximo de 300 dólares sin pagar impuestos.
Se trata de la llamada franquicia aduanera, un beneficio que permite llevar compras adicionales al equipaje personal.
Fuentes consultadas dentro de la autoridad señalaron que, en periodos vacacionales y durante el operativo “Héroes Paisanos”, este límite aumenta temporalmente a 500 dólares por persona, un ajuste que cada año reduce significativamente la carga tributaria de miles de familias que aprovechan esas fechas para comprar en Texas.
¿Qué ocurre cuando te excedes al entrar a Nuevo León con mercancía desde McAllen?
Si el valor de las compras supera la franquicia permitida, el viajero está obligado a pagar un impuesto sobre el excedente. La tarifa más aplicada en estos cruces es la del 19%, calculada únicamente sobre la parte que rebasa los 300 o 500 dólares, según corresponda.
Personal operativo en el cruce de Anzaldúas explicó que la factura es clave: sin comprobantes, el valor declarado puede ser ajustado por la autoridad, lo que suele encarecer el costo final para el viajero.
¿Qué mercancía no se incluye en la franquicia cuando vienes de McAllen?
Hay artículos que no pueden sumarse al monto exento, entre ellos:
- Bebidas alcohólicas
- Tabaco
- Combustible adicional
Tampoco se permite el ingreso libre de productos sujetos a permisos especiales, como ciertos químicos o equipo especializado.
En contraste, artículos considerados de “uso personal” como: ropa, calzado, dispositivos electrónicos de uso individual y accesorios, no se agregan al valor de la franquicia, siempre que no tengan fines comerciales.