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El cactus prohibido que se encuentra en peligro y que crece en Tamaulipas

El peyote se ve amenazado por su recolección y consumo ilegal. Foto: iNaturalist México
Por:Carlos García
El peyote (Lophophora williamsii) es un cactus con propiedades psicoactivas que se distribuye en la mayoría de las regiones áridas y semiáridas de México, entre ellas Tamaulipas. 

Para los pueblos originarios es una planta sagrada utilizada en algunos rituales e incluso para la medicina ancestral. 

Sin embargo, esta cactácea corre peligro en México y Tamaulipas, a pesar de que su extracción y consumo está prohibida.  

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¿Dónde crece el peyote en Tamaulipas?

La cactácea crece principalmente en regiones áridas y semiáridas del norte de México, y Tamaulipas es uno de los estados donde se encuentra en forma silvestre.

Sin embargo, su distribución no es homogénea en todo el estado.

En Tamaulipas, las zonas con mayor presencia de peyote se concentran principalmente en el altiplano tamaulipeco, en el suroeste del territorio estatal, en municipio como: 

Tula
  • Jaumave
  • Palmillas
  • Bustamante
  • Miquihuana
  • Estas regiones tienen suelos calizos y un clima semiárido, condiciones ideales para el desarrollo del peyote.

    El altiplano se ubica en la región suroeste de Tamaulipas. Foto: Carlos García

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    ¿La recolección, distribución y consumo de peyote está prohibida en Tamaulipas?

    La recolección y distribución del peyote está fuertemente regulada en México.

    De acuerdo al Código Penal Federal, la recolección y el consumo del peyote solo está permitida legalmente para ciertos pueblos indígenas (como los wixárika o huicholes) con fines rituales y religiosos.

    El comercio o distribución no autorizada de peyote está prohibido y puede implicar sanciones legales.

    Peyote (Lophophora williamsii). Foto: Carlos García

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    ¿Cuáles son las sanciones por recolectar y comercializar peyote?

    El peyote está catalogado como especie sujeta a protección especial según la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

    Las sanciones aplicables incluyen multas económicas que van desde 50 hasta 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esto equivale a montos entre aproximadamente $5,428.50 y $5,428,500 pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad del caso y el número de ejemplares involucrados.

    El artículo 420 del Código Penal Federal establece penas de uno a nueve años de prisión, las cuales pueden incrementarse hasta en tres años adicionales si el delito se comete en áreas naturales protegidas o con fines comerciales.

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