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Mario Alberto Cedillo
Capitalizando Experiencias
Por: Mario Alberto Cedillo

Publicado el

Las reformas fiscales del sistema financiero 2026, ¿solo afectan al sistema financiero?

Estimado lector, en el mes de noviembre se aprobaron las reformas fiscales que entrarán en vigor en 2026...

Estimado lector, en el mes de noviembre se aprobaron las reformas fiscales que entrarán en vigor en 2026, inclusive, algunas entran en vigor este mismo 2025 con efectos retroactivo. Específicamente, en el sistema financiero existe una reforma en la que se han dejado a un lado los principios de legalidad consagrados en nuestra Constitución referentes a la irretroactividad de las leyes, sin embargo, es inevitable su aplicación al ya estar aprobada dicha reforma.

Usted dirá: Si son reformas fiscales al sistema financiero, ¿porque debo de preocuparme si yo no soy un Banco, Casa de Bolsa, Aseguradora, etc.?, pues bien, aunque las reformas están dirigidas al sector financiero, algunas de ellas tendrán una afectación directa o indirecta sobre las personas físicas y morales, es decir, nos afectan a todos.

Iniciemos con la que nos afecta de manera directa: la tasa de retención sobre los intereses de sus inversiones o ahorros, que pasa del 0.50% actualmente al 0.90% para 2026. Esto significa que ahora le retendrán una mayor cantidad de impuestos sobre los intereses que recibe en sus cuentas.

Aunque se ha difundido en las redes sociales como un tema que el Gobierno inventó para cobrarnos más impuestos, debemos ser claros, esa apreciación es incorrecta. Lo cierto es que desde hace años existe une metodología establecida en la propia Ley para determinar la tasa de retención, en la que influyen las tasas de interés históricas, la inflación histórica, el movimiento de los mercados y otras variables, el Gobierno solo sigue la mecánica ya establecida.

Otra de las reformas, que en principio tiene una afectación directa sobre los Bancos, es la eliminación de la deducción de las cuentas incobrables en los términos que establece la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Usted pensará: ¿Y a mi cómo me afecta?, bueno esta afectación es indirecta para quienes tienen una deuda no pagada con los Bancos. Hasta 2025, los Bancos cuando deducían una cuenta o crédito incobrable, no le informaban al SAT quién era la persona física o moral que no pago ese crédito; A partir de 2026, los Bancos tendrán la obligación de informarle al SAT que persona física o moral fue la que no les pago el crédito mencionado. Usted imaginará estimado lector que finalidad tiene obtener está información, recordemos que en materia fiscal existe un principio de simetría, si alguien efectúa una deducción, por el otro lado alguien acumula un ingreso que paga impuestos. Aquí solo diremos que el “perdón” de las deudas es un ingreso acumulable; ya veremos en un futuro cercano que uso le da el SAT a esta información que entregarán los Bancos.

Una tercera reforma que es controvertida, por su efecto retroactivo en 2025, corresponde al sector de las Aseguradoras, a partir de este año, no se les permitirá acreditar el IVA que pagan a sus proveedores por la cobertura de siniestros.

 Es decir, cuando usted tiene un siniestro en su auto, la aseguradora contrata un proveedor para que se lo repare o, en algunos casos, entregarle uno nuevo; hasta 2024, el IVA que pagaba la aseguradora a ese proveedor podía acreditarse contra el IVA generado por sus ingresos, pagando al SAT un neto; a partir de 2025, ese IVA ya no podrá acreditarse, por lo que se convertirá parte del costo del siniestro.

¿En qué le afecta a usted? Sencillo: en el mercado, el costo de sus pólizas se basa en la siniestralidad, inclusive, algunas de ellas, al no llegar a cierto umbral de siniestralidad, bajan el costo de su póliza; es probable que este nuevo costo del IVA que considerará la aseguradora como parte del siniestro, implique que usted pierda esos beneficios.

Así, estimado lector, llegamos a la conclusión de que, si bien estas tres reformas fiscales aprobadas para el 2026 parecen estar dirigidas al sector financiero, las mismas, en algún momento podrían afectar su vida diaria, su operación si se trata de una empresa o inclusive su patrimonio si es usted un inversionista o tiene algún ahorro en el sistema financiero; de ahí que la afectación no sea solo para las instituciones del sistema financiero, si no que, directa o indirectamente, la afectación es para todas personas físicas y morales.


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