Violencia vicaría en el Estado de México: ¿qué es, cómo se manifiesta y qué hace el sistema judicial?
Esta modalidad de violencia afecta a personas cercanas a la víctima, como hijos, hijas o familiares dependientes, con el único fin de dañar indirectamente a una mujer.
¿Qué es la violencia vicaria?
Se considera violencia vicaria cuando una persona, por lo general un hombre que tuvo una relación afectiva con la mujer, utiliza a sus seres queridos para causarle daño emocional, psicológico o incluso económico.
De acuerdo con una iniciativa presentada en el Congreso local, se reconocen como actos de violencia vicaria:
- Amenazar o manipular a hijas o hijos en contra de su madre.
- Imputar falsamente delitos para impedir el contacto entre la mujer y sus seres queridos.
- Provocar daño físico, emocional o patrimonial a personas cercanas como forma de agresión indirecta.
- Retener, sustraer u ocultar a menores sin justificación.
- Alargar procesos judiciales de forma injustificada para agotar emocional o económicamente a la víctima.
Esta violencia se agrava cuando, por ejemplo, el agresor impide que una madre vea a sus hijos, les habla mal de ella, o incluso utiliza procesos legales para retrasar juicios con el fin de generar desgaste.
Un caso reciente que ilustra este tipo de violencia ocurrió en Yucatán, cuando una mujer acudió públicamente a pedirle ayuda a la presidenta Claudia Sheinbaum porque el padre de su hija se llevó a la menor sin justificación, impidiéndole cualquier contacto.
¿Cómo se manifiesta la violencia vicaria en la vida cotidiana?
Aunque no siempre es fácil de identificar, la violencia vicaria se manifiesta con actos crueles que no van directamente contra la mujer, sino contra sus vínculos más importantes, como sus hijos, hijas, padres o incluso sus mascotas. El objetivo es claro: hacerla sufrir a través del daño que les causa a quienes ella más ama.
Este tipo de agresión suele aparecer tras la ruptura de una relación o un proceso de separación conflictiva, y es una forma de violencia de género encubierta que destruye emocionalmente a la mujer.
En el Estado de México, esta violencia ya se encuentra reconocida dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, específicamente en el Artículo 8 Ter, que la define como:
…el acto u omisión que genera afectación o daño físico, psicológico, emocional, patrimonial o de cualquier otra índole a un descendiente, ascendiente o dependiente económico de la víctima, cometido por quien mantenga o haya mantenido una relación afectiva con ella, con el objetivo de dañarla indirectamente”
Artículo 8 Ter - Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Este artículo menciona ejemplos como:
- Sustracción de hijos e hijas
- Amenazas
- Uso de procesos legales maliciosos
- Imputación de delitos falsos
- Impedimento para convivir con los hijos
¿Qué propone el Congreso del Estado de México para castigar la violencia vicaria?
Las diferentes bancadas en el Congreso mexiquense han presentado iniciativas para establecer penas claras y contundentes contra quienes ejerzan este tipo de violencia:
- Las fracciones del PAN y PRD proponen castigarla con penas de 4 a 8 años de prisión, que podrían aumentar a 10.5 años si hay daño físico contra personas menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad o incluso mascotas con las que la víctima tenga un vínculo emocional.
- Por su parte, desde Morena, la diputada Selina Trujillo planteó una reforma con sanciones aún más duras: hasta 10.5 años de cárcel y 900 días de multa, especialmente en casos donde las víctimas indirectas son personas en situación vulnerable.
Si se aprueba esta propuesta, el Estado de México se sumaría a otras entidades que ya han tipificado la violencia vicaria como delito en sus Códigos Penales, con el objetivo de proteger a las mujeres y garantizar que sus vínculos familiares no sean utilizados como herramientas de castigo o control.