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Ejecutivo sugiere a Diputados corregir redacción en la Ley de Amparo para evitar retroactividad

Pleno de la Cámara de Diputados y Arturo Zaldívar. Foto: Cámara de Diputados / Captura de pantalla: YouTube (Claudia Sheinbaum)
Por:Jesús Morales

Arturo Zaldívar, coordinación General de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, sugirió al Poder Legislativo que cambie la redacción del Artículo Primero Transitorio del proyecto de la reforma a la Ley de Amparo, a fin de que tenga claridad y no exista retroactividad ni viole la Constitución.

"No estamos de acuerdo con ninguna violación a la Constitución, con ninguna ley retroactiva", destacó el también ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la reserva admitida por el Senado de la República, cuyo dictamen fue aprobado por estos y ya ha sido enviado a la Cámara de Diputados para que continúe su camino legislativo.

¿Cuál es la postura del Ejecutivo sobre la retroactividad en la reforma a la Ley de Amparo?

Durante la conferencia de prensa de este viernes 3 de octubre, Zaldívar manifestó: "La presidenta tiene razón en ser muy enfática, que en este gobierno no se impulsan ni se avalan ni leyes ni actos contrarios a la Constitución y que no hay cabida a aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna".

Si bien, reconoció a las y los senadores que aprobaron el decreto, así como por haber escuchado opiniones que se dieron en audiencias públicas, con las cuales se ajustó y enriqueció la iniciativa. No obstante, reconoció que "ha generado un gran debate" el artículo transitorio del decreto de reformas sobre la reatroactividad.

Dicho esto, leyó la reserva en cuestión: "El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto".

"Quizás esta redacción no es la más adecuada, la más clara", reaccionó Zaldívar, al tiempo que señalo que lo importante era analizar cuál fue laintención del legislador y determinar si es constitucional o no. 

¿Por qué la retroactividad en la ley va contra la Constitución? Esto dijo Zaldívar

Para ello, leyó el artículo 14 constitucional, que, en su párrafo primero, establece: "A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna". "Esto quiere decir que las leyes tienen efectos hacia futuro, no hacia el pasado, salvo que sean para beneficiar a alguna persona", explicó.

Además, ejemplificó: "Si alguien tiene un derecho emanado de un contrato, no se puede desconocer con una ley posterior. Si alguien realiza una actividad hoy que es lícita y mañana esa actividad es considerada un delito porque se tipifica como tal, no se le podrá sancionar por lo que realizó antes que ese delito entrara en vigor".


Por otro lado, explicó qué sucede específicamente para las leyes procesales, tal como lo es la Ley de Amparo. En ese sentido, primero precisó que las leyes procesales "son aquellas que regulan los juicios o procedimientos que establecen las diferentes etapas, requisitos, decisiones, recursos que se dan en un proceso".

En tanto, definió a la Ley de Amparo como aquella que "establece contra qué procede el amparo, qué requisitos tiene que tener la demanda, en qué plazo se debe presentar la demanda, qué pruebas hay que ofrecer, cómo se tiene que otorgar la suspensión, qué tipo de recursos hay, etc".

Teniendo este contexto, leyó la jurisprudencia de la SCJN sobre leyes procesales, que dice: "se aplican solo a los actos y etapas que ocurren después de su entrada en vigor, no a los que ya sucedieron y quedaron firmes" y agregó: "Aplicar las nuevas normas a los actos y etapas futuras no es retroactividad".

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Tras explicar esto, señaló sobre las posibles intenciones de la la reserva presentada por Manuel Huerta Ladrón de Guevara de Morena, que fue admitida durante la discusión en lo particular, que dio cabida a la retroactividad hacia todos los juicios de amparo que existen actualmente en proceso.


"El legislador puede decidir, tratándose de un proceso, qué pasa con los juicios en trámite, si aplica la nueva ley a las etapas sucesivas o si aplica la ley anterior. Pero si determina, como parece que fue la intención del Senado, que se aplique la nueva ley a las etapas posteriores, no había retroactividad, porque son actos nuevos que se realizan en el futuro", explicó.

Señaló como ejemplo que, de acuerdo con esta jurisprudencia, si se establece en la reforma a la Ley de Amparo, que aplique a los juicios en curso, no se pueden modificar las suspensiones que ya se otorgaron, ni resolver de manera distinta decisiones que ya determinadas, "son solamente a futuro, insistió.

"La intención del legislador parece ser que fue la de cumplir con esta jurisprudencia. Lo cierto es que el precepto no tiene la suficiente claridad, ya ha dado lugar a un debate innecesario y a ciertas críticas, descalificaciones y, también, preocupaciones legítimas", declaró.


"La presidenta ha sido muy enfática, reitero, que no estamos a favor de ningún tipo de retroactividad", enfatizó Zaldívar.

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¿Qué sugirió el Ejecutivo a la Cámara de Diputados en reforma a la Ley de Amparo?

Con base a toda esta exposición, Zaldívar, a nombre del Ejecutivo, sugirió "de manera muy respetuosa y en el ánimo de un diálogo constructivo, institucional entre poderes" y "si así lo estiman", hacer adecuaciones al artículo sin cambiar su sentido, con el fin de darle "claridad". Para esto, recomendaron las siguientes adecuaciones:


Posteriormente, subrayó que, si los legisladores acogen las sugerencias, el precepto tendrá "claridad", se "ajusta perfectamente" a la Constitución, no tendrá retratroactividad, no afectará derechos adquiridos, ni volará la Constitución. 

"Entendemos la buena intención de los legisladores, pero pensamos que se tiene que clarificar, porque, la presidente, lo digo una vez más ha sido clara y contundente: No estamos de acuerdo con ninguna violación a la Constitución, con ninguna aplicación retroactiva".

Reiteró que, en caso de que el precepto no sea "suficientemente claro", exhortaron a los legisladores a que las dudas se "disipen", para que quede "sin ningún problema", que las etapas anteriores a la entrada en vigor de la reforma no serán tocadas, para que se haga "más agil" el juicio de amparo y "aprovechar las ventajas de la reforma".

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