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Día de Muertos: ¿El 2 de noviembre se paga triple, según la LFT?

Día de Muertos: ¿El 2 de noviembre se paga triple, según la LFT?. Foto: Canva
Por:María de Jesús

El 1 y 2 de noviembre son fechas tradicionalmente importante para los mexicanos, millones de familias colocan ofrendas y recuerdan a sus seres queridos en el Día de Muertos , una de las celebraciones más esperadas en el país.

Sin embargo, muchos trabajadores se preguntan si estos días se consideran feriados oficiales y si corresponde un pago extra por laborar durante ellos, a continuación lo que dice la Ley Federal del Trabajo, LFT.

¿Es el Día de Muertos descanso obligatorio?

De acuerdo con el artículo 74 de la LFT el 1 y 2 de noviembre no están contemplados como días de descanso obligatorio, lo que significa que, legalmente, los empleados deben presentarse a trabajar de manera normal y recibir su salario habitual.

La LFT establece una lista precisa de feriados oficiales y ninguna de las fechas correspondientes al Día de Muertos forma parte de esa lista:

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¿Qué pasa si trabajas el 2 de noviembre, Día de Muertos, en 2025 ?

Este 2025, el 2 de noviembre, caerá en domingo, por lo que quienes laboren ese día deberán recibir, además de su salario ordinario, una prima dominical equivalente al 25 por ciento adicional.

Esta compensación está prevista en la Ley Federal del Trabajo para todos los empleados que trabajan en domingo, sin importar si la fecha tiene o no un significado cultural o religioso, especial, es decir, el pago adicional se debe al día de la semana, no a la celebración del Día de Muertos.

A pesar de que no es una obligación legal, muchas empresas otorgan el 1 o 2 de noviembre como día de descanso a sus trabajadores, sobre todo en el sector privado, lo que se considera un beneficio adicional o una cortesía por parte del empleador, como muestra de respeto hacia la tradición mexicana.

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¿Dónde puedes pedir orientación laboral si no te pagan la prima dominical?

Si por algún motivo el o la trabajadora no recibe la prima dominical de manera habitual, el empleado puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, Profedet, donde se pedirá una breve explicación del caso y los siguientes datos:

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