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LFT: ¿Cuál es el puente con pago extra que habrá en septiembre?

LFT: ¿Cuál es el puente con pago extra que habrá en septiembre? Foto: Canva.
Por:Samantha Carreño

El mes patrio siempre viene acompañado de celebraciones, símbolos y también de descansos laborales, entre las fechas más esperadas se encuentra el 16 de septiembre, Día de la Independencia de México, que no solo tiene un valor histórico, sino que además está reconocido como un día de descanso obligatorio.

En este 2025, dicha fecha será la única en el calendario laboral de septiembre en la que los trabajadores podrán recibir pago extra si son requeridos en sus labores.

La Ley Federal del Trabajo establece que, en días feriados oficiales, el trabajador que preste servicios tiene derecho a recibir un pago adicional; en el caso de septiembre, eso significa que, si un empleado trabaja durante el 16, su remuneración será mayor que en un día habitual.

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¿Cuál es el puente con pago extra en septiembre 2025?

El único puente con pago extra durante septiembre de 2025 es el del martes 16 de septiembre, cuando México conmemora su Independencia.

A diferencia de otras fechas señaladas en el calendario cívico o político, esta jornada sí está reconocida en la Ley Federal del Trabajo como un descanso obligatorio.

Esto implica que, si bien muchos centros de trabajo otorgan el día libre, aquellos que requieren mantener operaciones deben compensar a sus empleados conforme lo marca la ley.

Así, quienes trabajen el 16 de septiembre recibirán una retribución más alta, lo que convierte esta fecha en una de las más significativas para los asalariados.

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¿Cómo se paga si se trabaja en el 16 de septiembre?

La Ley Federal del Trabajo es clara: si un empleado labora en un día de descanso obligatorio, debe recibir el salario normal correspondiente a la jornada, más el doble de su salario diario como compensación adicional.

En términos sencillos, esto significa que el trabajador obtiene un pago triple por su labor durante esa fecha.

Foto: Conferencia del Episcopado Mexicano.

¿Y el 1 de septiembre, fue feriado?

Aunque este año el 1 de septiembre coincidió con el primer Informe de Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum, dicha fecha no está contemplada en la Ley Federal del Trabajo como descanso obligatorio, por lo tanto, no aplica pago extra para quienes laboraron ese día.

La diferencia entre fechas oficiales y descansos laborales obligatorios radica precisamente en lo que dicta la ley.

 En este caso, el único día de septiembre que genera derecho a pago triple es el 16, mientras que el resto del mes se considera laboral normal, salvo acuerdos internos entre empresas y trabajadores.

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