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Durango

Endurecen diputados de Durango reglas para motociclistas con estos cambios a la Ley de Tránsito

Los diputados de Durango aprobaron reformas a la Ley de Tránsito, con nuevas reglas para los motociclistas

Los diputados de Durango aprobaron reformas a la Ley de Tránsito en Durango. | Foto: Canva
Los diputados de Durango aprobaron reformas a la Ley de Tránsito en Durango. | Foto: Canva

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Por: Citlalli Zoe

 Los integrantes de la Septuagésima legislatura aprobaron unas reformas a la Ley de Tránsito para los Municipios del Estado, con la cual regulan mayormente a los motociclistas.

De manera unánime, los diputados locales aprobaron estos cambios a la referida ley con el objetivo de reforzar las medidas de seguridad y disminuir el número de accidentes en este tipo de unidades.

Licencias de motociclistas solo para mayores de 16 años, aprueban los diputados

De acuerdo a los cambios aprobados por los diputados locales, la expedición de licencias para motociclistas será a partir de los 16 años de edad y no a los 14, como anteriormente señalaba la legislación.

Los adolescentes de entre 16 y 18 años de edad deberán ir a tramitar la licencia en compañía de sus padres o tutores, quienes serán los responsables en dado caso de un accidente. 

Prohibido que viajen menores de 5 años en motocicletas

Los diputados aprobaron la adición del artículo 18 Quater a la Ley de Tránsito para los Municipios del Estado, enfocado exclusivamente al uso de la motocicleta.

De esta forma, la ley determina que:

  • Sólo podrán circular en la motocicleta el conductor y un acompañante como máximo.
  • Sólo podrá transportar como acompañante a personas mayores de cinco años, y que puedan sujetarse por sus propios medios y alcanzar el posapiés o pedal que tenga la motocicleta para ese efecto.
  • No podrá transitar sobre las aceras y áreas destinadas exclusivamente al uso de peatones y ciclistas.
  • Queda prohibido que dos o más motocicletas circulen en paralelo dentro del mismo carril.
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Hay nuevas reglas para el uso de motocicletas. | Foto: Canva

¿Qué otras disposiciones establece esta reforma a la Ley de Tránsito?

A partir de esta reforma a la Ley de Tránsito, el  conductor de la moto y en su caso, el acompañante, deberán portar el equipo de protección mínima, como casco, chaleco reflejante y anteojos protectores.

Además, se establece que las motocicletas no deberán adelantar los vehículos circulando por el espacio existente entre carriles, lo cual es una práctica muy común en la actualidad.


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