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México

Ahorro voluntario, oportunidad para deducir impuestos

El beneficio fiscal aplica cuando las aportaciones se mantienen hasta los 65 años de edad

Ahorro voluntario, oportunidad para deducir impuestos

Publicado el

Por: POSTA Redacción

CIUDAD DE MÉXICO.- El ahorro voluntario a la Cuenta Individual de la Afore ofrece beneficios al momento de deducir impuestos, lo cual es oportuno al momento de realizar la declaración anual ante el SAT, que vence este 31 de mayo.

Este beneficio fiscal favorece a los trabajadores para construir un mejor futuro al momento de su retiro laboral, señala un comunicado de Pensionissste.

Los trabajadores pueden aprovechar esa oportunidad para ahorrar aún más en el largo plazo, como lo establece el Artículo 151 de la Ley del impuesto Sobre la Renta (LISR), y la cantidad a deducir es de hasta 10 por ciento de los ingresos acumulados cada año. 

De acuerdo con la LISR, el monto destinado a las aportaciones voluntarias con perspectiva de inversión a largo plazo y/o las aportaciones de ahorro a largo plazo son catalogadas como deducciones personales.

Una vez realizadas las aportaciones voluntarias, el cuentahabiente debe solicitar a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) el comprobante fiscal y después ingresar al portal electrónico del SAT.  

Al momento de realizar la declaración anual, es importante entrar al apartado “Deducciones personales” y capturar el monto total destinado al ahorro con el concepto “Aportaciones Voluntarias hechas al SAR”.  En caso tener algún saldo a favor, el contribuyente deberá incluir Clabe interbancaria para después recibir el depósito. 

Para obtener ese beneficio fiscal, los recursos adicionales a la cuenta de ahorro deben permanecer hasta cumplir los 65 años edad y la única excepción es en casos de invalidez o incapacidad del titular para trabajar. 

El SAT extendió el plazo para presentar la Declaración Anual hasta el 31 de mayo de 2021, de acuerdo con la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, Quinta Versión Ampliada.

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