¿Hasta cuándo se puede registrar en el Programa Apoyo para Madres Trabajadoras?
El Programa Apoyo para Madres Trabajadoras 2025 amplió su plazo de registro hasta el 7 de septiembre de 2025.

El Programa Apoyo para Madres Trabajadoras, una de las políticas sociales más importantes enfocadas en la primera infancia, amplió su plazo de registro hasta el 7 de septiembre de 2025, informó el Gobierno de México.
La medida permitirá que más familias accedan a este respaldo económico, especialmente aquellas que no cuentan con acceso a estancias infantiles o guarderías.
¿Dónde y cuándo se pueden registrar las familias?
Durante el sábado 6 y domingo 7 de septiembre de 2025, todas las personas interesadas podrán inscribirse sin importar la letra inicial de su apellido.
Los módulos de la Secretaría de Bienestar atenderán de 10:00 a 16:00 horas, con un calendario escalonado previamente y un registro abierto general durante el fin de semana.
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Las familias pueden consultar la ubicación de los módulos en su estado o municipio en el portal gob.mx/bienestar.
¿Cuál es el objetivo del programa?
El programa busca respaldar económicamente a madres, padres y tutores que cuidan a niñas y niños pequeños en el hogar, contribuyendo a reducir brechas de cuidado y a fortalecer la igualdad de oportunidades.
En el caso de menores con discapacidad, el apoyo se extiende hasta los 6 años, ofreciendo una ayuda económica que mejora la calidad de vida en el hogar.
El programa está dirigido a familias monoparentales y permite inscribir a un máximo de tres menores por tutor.
Los rangos de edad son:
Niñas y niños de 1 año hasta un día antes de cumplir 4 años.
Niñas y niños con discapacidad de 1 año hasta un día antes de cumplir 6 años.
Los pagos se realizan de manera bimestral y directa, con montos de:
Mil 600 pesos por cada niño de entre 1 y 3 años con 11 meses.
3 mil 600 pesos por cada niño con discapacidad de entre 1 y 5 años con 11 meses.
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¿Qué documentos se requieren para el registro?
Para completar la inscripción, los solicitantes deben presentar:
Del menor: acta de nacimiento y CURP.
Del tutor: identificación oficial vigente, CURP, comprobante de domicilio y teléfono de contacto.
Adicionales: carta compromiso y, en caso de discapacidad, certificado médico expedido por institución pública o especialista con cédula profesional.
La Secretaría de Bienestar recordó que los recursos se entregan sin intermediarios y que se dará prioridad a comunidades indígenas y zonas con alto nivel de marginación, donde la necesidad de protección social es mayor.
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