Vapeadores en Monterrey: el futuro incierto de las máquinas expendedoras tras la prohibición
La reciente prohibición de vapeadores en México genera preocupación por el auge de máquinas expendedoras en Monterrey.
Tras la reciente aprobación en la Cámara de Diputados de reformas a la Ley General de Salud que prohíben totalmente la comercialización de vapeadores y cigarrillos electrónicos en México, la mirada se centra en la operación de las máquinas expendedoras que, pese a decretos previos, han proliferado en el Área Metropolitana de Monterrey.
¿Cómo será en Nuevo León?
Desde hace casi tres años, Nuevo León ha mantenido una postura restrictiva.
El Congreso del Estado ya había prohibido la venta de estos dispositivos en máquinas expendedoras y cerca de centros educativos, adelantándose en el ámbito local.
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La nueva reforma federal, que establece penas de cárcel y multas, viene a fortalecer y dar peso constitucional a las restricciones ya existentes en la entidad.
¿Cuándo se prohibió en Nuevo León?
En Nuevo León, la venta de dispositivos inhalantes que contienen nicotina o sustancias psicotrópicas a través de máquinas expendedoras ya estaba prohibida desde febrero de 2022 por el Congreso local, con modificaciones a la Ley Estatal de Salud y la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo del Tabaco.
No obstante, reportes recientes indicaron que, a pesar de estas restricciones locales y el decreto federal de mayo de 2022 que prohibía su importación y comercialización, estos dispensadores automáticos continuaban operando ilegalmente en puntos estratégicos de la ciudad, como plazas comerciales y zonas cercanas a centros educativos.
¿Cuál será el impacto de la nueva prohibición?
La nueva reforma constitucional, al prohibir en todo el territorio nacional la adquisición, producción, fabricación, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, distribución, venta y suministro de vapeadores y dispositivos similares, representa un golpe definitivo contra cualquier forma de comercialización formal o informal.
Para los propietarios y operadores de estas máquinas expendedoras en el Área Metropolitana de Monterrey, la situación es crítica:
- Riesgo Penal Elevado: La reforma establece penas de uno a ocho años de cárcel por la venta, distribución o suministro de estos dispositivos.
- Sanciones Económicas Severas: Las multas impuestas varían entre $11,314 y $226,280 pesos, sumado al decomiso de la mercancía.
- Ilegalidad Total: La prohibición es absoluta. Ya no existe ningún resquicio legal que ampare la venta de estos productos en cualquier punto de venta, incluyendo el vending.
¿Cuál es el futuro de estas máquinas?
Ante este panorama legal de "cero tolerancia", se espera que las autoridades federales, en coordinación con las estatales y municipales, intensifiquen las labores de inspección, clausura y decomiso de las máquinas expendedoras que incumplan con la nueva legislación.
Expertos y voces críticas han señalado que la prohibición total, en lugar de erradicar el consumo, podría impulsar aún más el mercado negro de vapeadores sin ningún control sanitario, un fenómeno que ya se ha observado en la región.
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Sin embargo, en el corto plazo, los propietarios de los puntos de venta automáticos se ven obligados a:
- Retirar Inmediatamente los productos y las máquinas destinadas a este fin para evitar las severas consecuencias penales y económicas.
- Buscar Alternativas para reubicar o reconfigurar el negocio de vending con productos de venta legal.
La sociedad y las cámaras de comercio se mantienen expectantes sobre la eficacia de esta medida en Nuevo León, donde la lucha contra la venta ilegal, especialmente a menores de edad a través de estos métodos automatizados, ha sido un desafío constante.
¿Qué opinan autoridades?
La Secretaría de Salud de Nuevo León es la autoridad clave en la implementación y vigilancia de estas prohibiciones a nivel estatal.
Con el nuevo dictamen federal, su capacidad de acción se ve ampliada y respaldada por sanciones más severas.
El enfoque principal de la Secretaría será la inspección y el retiro inmediato de cualquier dispositivo de vaping o cigarrillo electrónico del mercado local, haciendo uso de las nuevas facultades para imponer las multas más altas y dar aviso a la Fiscalía General para proceder con las acciones penales que correspondan a los infractores.
La acción coordinada entre autoridades federales (COFEPRIS), estatales (Secretaría de Salud) y municipales (Inspección y Comercio) será fundamental para garantizar que las máquinas expendedoras y otros puntos de venta clandestinos sean erradicados de forma efectiva en la región.
¿Cómo puedo denunciar?
1. Nivel Federal (COFEPRIS)
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) es la entidad que aplica la Ley General de Salud y las multas más elevadas.
Línea Telefónica Nacional: 01 800 033 5050 (Centro de Atención Telefónica de COFEPRIS)
2. Nivel Estatal (Secretaría de Salud de Nuevo León)
Aunque la denuncia en COFEPRIS es la más directa para la prohibición federal, la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario de Nuevo León también recibe y atiende estas quejas localmente.
Línea 070 (Gobierno de Nuevo León) o bien, de manera presencial a las oficinas de la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario en Av. Adolfo López Mateos No. 2000 Ote., Col. Obrera, en el municipio de Monterrey.
Al denunciar, siempre insista en que la venta se está realizando en una máquina expendedora, ya que esta modalidad está doblemente prohibida por la ley estatal y federal.
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