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Nuevo León

Buscan partidos del PRI y el PAN blindaje contra la corrupción con Decreto 196

El Decreto 196 en donde se eliminan facultades al Ejecutivo de Inteligencia Financiera para transferirlas a la Fiscalía General que aprobó el bloque legislativo del PRIAN, se trata de un blindaje.

El bloque legislativo del PRI y el PAN aprueba el Decreto 196, generando polémica sobre el combate a la corrupción. Foto: Archivo/ POSTAMX
El bloque legislativo del PRI y el PAN aprueba el Decreto 196, generando polémica sobre el combate a la corrupción. Foto: Archivo/ POSTAMX

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Por: Brenda Hernández

MONTERREY, Nuevo León.- El bloque legislativo del PRI y el PAN aprueba el Decreto 196, generando polémica sobre el combate a la corrupción.

En una controvertida decisión, se transfieren facultades al Ejecutivo de Inteligencia Financiera a la Fiscalía General, lo que ha sido interpretado como un blindaje a la corrupción por parte de dichos partidos.

Esta medida ha generado preocupación, ya que implica la eliminación de facultades del Ejecutivo, especialmente en la revisión de conductas que podrían resultar ilegales.

Ante esta situación, se planea interponer una Controversia Constitucional para que la Suprema Corte resuelva sobre la validez del Decreto 196.

Cabe mencionar que esta misma Sala ha dejado abierta la posibilidad de impugnar esta invasión de facultades.

Esta no es la primera vez que se realiza un acto similar, ya que el PRIAN en el Estado de Tamaulipas también llevó a cabo una acción similar para blindar al Gobernador saliente en el año 2022.

La eliminación de facultades al Ejecutivo y su traslado a la Fiscalía resulta ilegal, considerando que la Unidad de Inteligencia Financiera del Gobierno Federal está subordinada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Además, desde el año 2020 existe un convenio entre el Gobierno de Nuevo León y el Gobierno Federal para el intercambio de información en la investigación de hechos presuntamente ilícitos.

¿Cuál es el antecedente de este caso?

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó en noviembre del 2023 que el gobierno de Nuevo León publique el decreto con el que la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica (UIFE) pasa de la Secretaría de Finanzas a la fiscalía local.

Durante esa sesión, los ministros determinaron que el gobierno de Nuevo León cometió una omisión, ya que no difundió el decreto que fue aprobado previamente por el Congreso de Nuevo León.

En el caso, el 15 de junio de 2022, el Congreso del Estado de Nuevo León aprobó el Decreto de reformas a la Ley Orgánica citada, en la que trasladó la Unidad de Inteligencia Financiera estatal de la Secretaría de Finanzas a la Fiscalía de esa entidad. Acto seguido, lo remitió al Poder Ejecutivo local para su refrendo y publicación, o bien, para que formulara observaciones dentro del término de 10 días hábiles, de acuerdo con la Constitución Política del estado. Al trascurrir este plazo, sin que el Ejecutivo estatal realizara alguna de estas acciones, la Presidenta del Congreso de Nuevo León ordenó su publicación en el periódico oficial, lo cual no ocurrió.

Por lo anterior, el Congreso local promovió una controversia constitucional, pues consideró que la omisión del Titular del Poder Ejecutivo de publicar el Decreto violaba los principios de debido proceso legislativo, división de poderes, legalidad y tutela judicial efectiva, consagrados en la Constitución Política del país.

En su fallo, la Primera Sala concluyó que sí existe la omisión reclamada al Gobernador del Estado y, con ello, se transgredía la división de poderes, pues cuando una Constitución local prevé un procedimiento en el que participan dos o más poderes y fija obligaciones y reglas de actuación para unos y otros, cada uno debe cumplir con la participación que le fue encomendada para contribuir a la adecuada coordinación y funcionamiento del engranaje institucional.

A partir de estas razones, la Sala declaró que no publicar el Decreto es inconstitucional e instruyó al Titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León para que, en un plazo de 15 días hábiles, lo publique en el periódico oficial del estado.

Finalmente, la Primera Sala precisó que esta resolución no prejuzga sobre la validez o invalidez del Decreto 196 aludido, pues ello no fue materia de impugnación en esta controversia constitucional.

Leer más: Exige Movimiento Ciudadano al PRI y PAN enfocarse en temas legislativos

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