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Tamaulipas

Bandera de México es izada al revés en la Escuela Náutica Mercante de Tampico, ¿constituye una infracción o delito?

Una denuncia anónima exhibió que la Escuela Náutica Mercante de Tampico colocó la bandera nacional de cabeza, acción que puede ser sancionada.

La bandera de México fue colocada e izada al revés en la Escuela Náutica Mercante de Tampico. Foto: Carlos García
La bandera de México fue colocada e izada al revés en la Escuela Náutica Mercante de Tampico. Foto: Carlos García

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 La colocación incorrecta de la bandera de México en la Escuela Náutica Mercante de Tampico  generó indignación entre alumnos y ciudadanos.

Una denuncia anónima reveló que el lábaro patrio fue izado de cabeza, hecho que podría configurar un uso indebido o incluso un ultraje a un símbolo nacional, con sanciones que van desde multas administrativas hasta penas de prisión.

La bandera de México fue izada al revés en la Escuela Náutica Mercante de Tampico, denunciaron estudiantes. Foto: Carlos García

La bandera de México fue izada al revés en la Escuela Náutica Mercante de Tampico, denunciaron estudiantes. Foto: Carlos García

¿Qué implica izar la bandera de México al revés?

De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el uso incorrecto de los símbolos patrios constituye una falta que puede ser sancionada por la Secretaría de Gobernación.

Colocar la bandera de México de cabeza se considera un acto de ultraje o uso indebido, debido al carácter solemne y representativo del emblema nacional.

Foto: Freepik

Foto: Freepik

¿Cuáles son las sanciones por el uso indebido de la bandera?

Las sanciones administrativas pueden incluir multas de hasta 250 veces el salario mínimo o arresto de hasta 36 horas.

En casos más graves, las multas pueden calcularse con base en la UMA, alcanzando montos superiores al millón de pesos, dependiendo de su valor actualizado.

Escuela Náutica Mercante de Tampico. Foto: Carlos García

Escuela Náutica Mercante de Tampico. Foto: Carlos García

¿Qué dice el Código Penal Federal sobre los ultrajes al lábaro patrio?

El artículo 192 establece penas de tres días a un año de prisión y multas por el uso indebido de los símbolos nacionales.

El artículo 191 es aún más severo: los ultrajes al Escudo o al Pabellón Nacional pueden castigarse con seis meses a cuatro años de prisión, además de multas económicas.

Las sanciones por una falta de este tipo van desde la multa económica hasta la cárcel, de acuerdo al Código Penal Federal. Foto: Freepik

Las sanciones por una falta de este tipo van desde la multa económica hasta la cárcel, de acuerdo al Código Penal Federal. Foto: Freepik

¿Qué señalan los estudiantes sobre lo ocurrido en la Escuela Náutica?

La denuncia señala que el error fue visible desde el exterior del plantel y que la comunidad estudiantil internada en la escuela considera el hecho como una falta grave, atribuible a omisiones de autoridades directivas y personal encargado de la disciplina y los protocolos cívicos.

¿Qué impacto genera un caso como este?

Además de la indignación social, un error de esta magnitud afecta la imagen institucional, especialmente en una escuela formadora de profesionales marítimos donde los protocolos, la disciplina y el respeto a los símbolos nacionales son pilares fundamentales.

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