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Niega el INE a Morena quitar anuncio de MC; no es calumnioso, argumentan

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó la improcedencia de la medida cautelar solicitada, sobre unos spots en su versión para televisión y radio para el periodo de campañas, en el marco del proceso electoral en la entidad.

Niega el INE a Morena quitar anuncio de MC; no es calumnioso, argumentan

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Por: Perla Reséndez

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) negó a Morena la solicitud para suspender la transmisión de un spot de Movimiento Ciudadano en el que argumentó calumnia y uso indebido de la pauta

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la consejera Claudia Zavala y del consejero Ciro Murayama, así como de la consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

En la resolución se determinó la improcedencia de la medida cautelar solicitada, sobre unos spots en su versión para televisión y radio para el periodo de campañas, en el marco del proceso electoral en la entidad.

El proyecto señalaba que, “en apariencia del buen derecho, de las expresiones: “Morena abandonó Tamaulipas”, “gobiernan el país y dejaron al estado sin medicamentos” o “las cosas siguen igual o peor, siguen las balaceras y la violencia”, de los mencionados anuncios, no se advierte la imputación de hechos o delitos falsos, por lo cual no actualiza calumnia.

Esto es que  las imágenes y frases que integran los spots corresponden al punto de vista, crítica y señalamientos de MC, en torno a cuestiones y personas del ámbito público.

Respecto de la expresión “Morena no es cambio, es Mataulipas”, se declaró improcedente la medida cautelar, ya que, en apariencia del buen derecho, la expresión trata de un calificativo que se le da a una entidad federativa y que se utiliza en el lenguaje coloquial.

Se utilizó el precedente del acuerdo ACQyD-INE-90/2022 de fecha 21 abril 2022, en el cual esta Comisión de Quejas declaró la improcedencia de la medida cautelar, al considerar que no se actualizaba calumnia, así como el uso indebido de la imagen de un servidor público, el cual fue confirmado por la Sala Superior en el SUP-REP-242/2022, el 27 abril siguiente.

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