El Consejo de la Judicatura Federal mencionó que los jueces son los únicos que pueden autorizar el acceso a los datos de celulares.
CIUDAD DE MÉXICO.- Los jueces federales son los únicos que pueden autorizar la sustracción de información de teléfonos celulares, así lo determinó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Mediante un comunicado, el pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte del CJF, con residencia en la Ciudad de México, solucionó que solo la autoridad judicial federal puede dar autorización al acceso de datos.
Lo anterior, relacionado con el artículo 16 constitucional, 51, 52 y 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 291 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
“Por tanto, la entrega de datos a la autoridad investigadora, al implicar una restricción a ese derecho humano, no puede des- lindarse de la protección establecida en el artículo constitucional; de ahí que para que surta efectos la obligación de su entrega, es indispensable una autorización judicial federal”, estableció.
Los integrantes de la Judicatura Federal señalaron que la autorización correspondiente no puede ser concedida por un juez del ámbito local, sino exclusivamente por un juez federal.