Ley Silla entra en vigor el 17 de junio: ¿qué deben cumplir los comercios?
La Ley Silla establece el derecho de los trabajadores a descansar sentados durante su jornada laboral.

El próximo 17 de junio marcará un cambio significativo en las condiciones laborales en México con la entrada en vigor de la conocida Ley Silla, una modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que garantiza a los trabajadores el derecho a sentarse en un asiento con respaldo durante su jornada.
Esta reforma fue publicada el 19 de diciembre de 2024 y, tras un periodo de 180 días, comenzará a aplicarse oficialmente en esa fecha.
¿Qué deben cumplir los comercios ante la Ley Silla?
A partir del 17 de junio, el derecho de los trabajadores a descansar sentados en una silla con respaldo será plenamente exigible, y los empleadores no podrán obligarlos a permanecer de pie durante toda la jornada laboral; estos principios son los pilares fundamentales de la Ley Silla.
Además, ese mismo día comenzarán a correr dos nuevos plazos: la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dispondrá de 30 días naturales para emitir la normativa correspondiente sobre los riesgos que implica mantener posturas de pie por tiempos prolongados, lo cual se prevé que se materialice en forma de lineamientos oficiales.
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De igual forma se iniciará un periodo de 180 días durante el cual las empresas deberán ajustar su normativa interna para cumplir con las nuevas disposiciones establecidas por la reforma laboral.
¿Qué indica la Ley Silla?
La Ley Silla establece que las empresas deberán habilitar un espacio dentro del centro laboral destinado específicamente para que los empleados puedan tomar descansos sentados.
El uso de estos asientos, así como la duración y condiciones de las pausas, serán regulados por medio de los reglamentos internos de cada empresa.
Esta reforma laboral está dirigida principalmente a centros de trabajo en los sectores de comercio, servicios y actividades similares; mientras que en las empresas del ramo industrial, su aplicación será obligatoria únicamente cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas lo permita.
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