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México expresa su desacuerdo a la OEA sobre informe preliminar de las elecciones al Poder Judicial

En un comunicado se argumentó que la misión excedió su mandato y vulneró principios de no intervención establecidos en la Carta de la Organización.

Créditos: INE.
Créditos: INE.

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Por: Maya García

La Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la Misión Permanente de México ante la Organización de Estados Americanos (OEA), expresó su firme rechazo a algunas recomendaciones contenidas en el informe preliminar presentado por la Misión de Observación Electoral de la OEA, relativa a las elecciones del Poder Judicial celebradas el pasado 1 de junio.

El pasado domingo 1 de junio se llevó a cabo la elección del Poder Judicial, en la que miles de ciudadanos decidieron quiénes formarían parte del nuevo órgano judicial. Se celebraron las primeras elecciones judiciales en México, en las que la ciudadanía votó de manera directa por jueces, magistrados, ministras y ministros.

El ejercicio fue calificado como “una elección ejemplar” por la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez. Aunque la participación fue de apenas un 13 % de la lista nominal, el Gobierno federal consideró que esta cifra representó un avance en comparación con ejercicios anteriores.

Estas declaraciones se hicieron durante la conferencia de prensa matutina del lunes 2 de junio.

¿Por qué México rechazó el informe preliminar de la OEA sobre las elecciones judiciales?

Mediante una nota diplomática dirigida al secretario general de la Organización, México dejó constancia de que la MOE excedió su mandato e incurrió en acciones contrarias a los principios fundamentales de la Carta de la OEA. En particular, citó el Artículo 3, inciso e), que establece: “Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga”.

El Gobierno de México subrayó que una Misión de Observación Electoral no tenía la facultad para imponer criterios sobre cómo los Estados, en ejercicio de su soberanía, debían conformar su Poder Judicial. Mucho menos le correspondía emitir juicios de valor que excedieran sus atribuciones.

El propio informe de la MOE reconoció que la organización del proceso electoral y la celebración de los comicios del 1 de junio se llevaron a cabo conforme a la Constitución y a las leyes electorales vigentes en el país.

¿Cómo avanzó el conteo de votos en las elecciones judiciales?

El pronunciamiento del Gobierno mexicano se dio pocas horas después de que, este viernes 6 de junio, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, a cargo de Claudia Arlett Espino, informara que se concluyó el cómputo del 100 % de las 84,266 actas correspondientes a la elección de magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Estas elecciones se sumaron a la de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos cómputos distritales también concluyeron.

Durante la reanudación de la sesión permanente del Consejo General del INE para dar seguimiento al proceso, Arlett Espino detalló que, con corte a las 17:00 horas (viernes), el cómputo de actas para la elección de magistradas y magistrados de las Salas Regionales del TEPJF registró un avance de 83,741 actas (99.72 %).

En cuanto a la elección de magistraturas de circuito, se contabilizaron 75,597 actas (90.02 %), y en la de juezas y jueces de Distrito, se reportó un avance de 50,876 actas computadas (60.58 %).

¿Qué función tuvieron los cómputos distritales en el proceso electoral?

Los resultados de los Cómputos Distritales Judiciales fueron la base para que el Consejo General realizara la Declaratoria de Validez de las elecciones. Sin embargo, fue sólo hasta el Cómputo Nacional cuando se tuvieron los resultados definitivos.

La publicación de estos resultados comenzó el 1 de junio a las 19:00 horas, tiempo del Centro de México (UTC-6), y se extendió hasta el 10 de junio o antes, dependiendo de la conclusión del proceso.

¿Cuál fue el orden de publicación de los resultados judiciales?

El proceso siguió un orden establecido en el artículo 530 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Dicho orden fue el siguiente: Suprema Corte, Tribunal de Disciplina, Sala Superior y Salas Regionales, Tribunales Colegiados y, finalmente, Juzgados de Distrito.

Por esta razón, algunos cargos se mostraron temporalmente en ceros hasta que se procesaron completamente sus resultados.

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