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Pensión Bienestar:¿Quiénes ya no recibirán este beneficio a partir de septiembre 2025?

La Pensión Bienestar se otorga para distintos grupos de población, uno de ellos, ya no la recibirá porque incumple con los requisitos.

Una de las modalidades de la Pensión Bienestar es la que se otorga a las personas con discapacidad y es bimestral. Foto: Secretaría Bienestar
Una de las modalidades de la Pensión Bienestar es la que se otorga a las personas con discapacidad y es bimestral. Foto: Secretaría Bienestar

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Por: María de Jesús

La Pensión del Bienestar es uno de los programas sociales más importantes en México , enfocado en brindar apoyo económico a personas de distintos grupos de población, entre ellos adultos mayores, mujeres, madres soltera y con discapacidad.

Sin embargo, a partir de septiembre de 2025, algunos beneficiarios de la pensión Bienestar por discapacidad dejarán de recibir los 3 mil 200 bimestrales quienes cumplan 30 años de edad en estados donde el programa aún no es universal.

¿Por qué dejarán de recibir la pensión Bienestar por discapacidad a algunos beneficiarios?

El programa está diseñado para personas con discapacidad permanente de 0 a 29 años en los estados donde la cobertura no es total.

Por ello, quienes cumplan 30 años dejarán de recibir la pensión al mes siguiente de su cumpleaños, ya que esta pensión no está considerada como derecho en la Constitución.

Además, no todos los estados brindan apoyo a las personas discapacitadas de cualquier edad.

¿Cuáles son los requisitos para la pensión Bienestar para personas con discapacidad?

Para poder solicitar la Pensión del Bienestar para Personas con Discapacidad Permanente, se deben cumplir ciertos requisitos:

  • Acta de nacimiento en original y copia.
  • Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam o algún otro documento que la acredite).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
  • Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
  • Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.

En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar:

  • Identificación oficial
  • CURP
  • Comprobante de domicilio
  • Documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.

¿Cuáles son los estados con y sin cobertura universal de la Pensión Bienestar por discapacidad?

La pensión se entrega a personas con discapacidad permanente de 0 a 64 años de edad en 24 entidades del país, ya que sus gobiernos han firmado convenios de universalidad con el Gobierno de México.

Estas entidades son: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

En los ocho estados restantes, la pensión se otorga a niñas, niños, adolescentes y jóvenes con discapacidad de 0 a 29 años.

De esa edad en adelante, se entrega únicamente en municipios y localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación.


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