INE ordena eliminar y prohibir difusión de "acordeones" digitales para elección judicial
El INE ordenó eliminar y prohibió la difusión en línea de "acordeones" digitales que inducen al voto en la elección judicial, argumentando que estos vulneran la equidad electoral

El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de su Comisión de Quejas y Denuncias, ordenó la eliminación de contenidos digitales que difunden "acordeones" de candidatos de la elección al Poder Judicial.
Asimismo, como parte de esta medida, el instituto prohibió que estos sean difundidos, pues señalaron que esto perjudica el ejercicio del voto de la próxima jornada electoral del 1 de junio.
¿Por qué el INE ordenó eliminar y prohibir la difusión de “acordeones” digitales para la elección al Poder Judicial?
La decisión tuvo lugar, este jueves 29 de mayo, a tan solo tres días de que sucedan las votaciones, dentro de una sesión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.
La revisión del asunto nació tras la recepción de denuncias en contra de la página: vota.sireson.com, un sitio web en el que se sugieren los números y perfiles de candidaturas a diversos cargos de la elección, a fin de que la ciudadanía rellene la boleta electoral a partir de estos.
Ante tal hecho, las y los consejeros integrantes emitieron una medida cautelar, siendo la primer an este tipo en contra de los llamados "acordeones" electorales, para que los administradores de dicha página web eliminen el contenido, para "evitar la vulneración al derecho de la voluntad del sufragio y los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad en la contienda".
Igualmente, se le ordenó a los administradores o titulares de la página, a que suspendan la difusión del portal y "de cualquier otra plataforma", en la que "se incluyan ejercicios que guíen cómo votar en la elección judicial".
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¿Por qué el INE determinó que ilegal al difusión de "acordeones" digitales para la elección judicial?
En ese sentido, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral señaló que, tras su investigación, determinaron que en la página: "Se alude a un contenido en el que es posible advertir presunta propaganda electoral indebida e inducción al voto de la ciudadanía." Aquello, pues "no sólo se presenta propaganda electoral sino que se indica el sentido de la emisión del voto".
En relación a esto, se apuntó que la elaboración y difusión de estos contenidos, implica que terceras personas realizan una campaña a favor de ciertas candidaturas, lo cual es ilegal, pues rompe con los lineamientos que prohiben que las y los candidatos reciban apoyo o financiamiento de personas físicas, morales o del gobierno.
Asimismo, apuntaron que al difundirse como una propaganda se dicta un "sentido predeterminado" del voto, lo cual va en contra del sufragio libre.
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INE analizará legalidad de "acordeones" electores difundidos en hogares
En tanto a lo anterior, en la misma sesión de este 29 de mayo, el Consejo General del INE discutirá sobre los "acordeones" electorales físicos, los cuales presuntamente han sido repartidos en domicilios.
Por ende, se discutirá su se aplican medidas cautelares en tutela inhibitoria para frenar que estos sean difundidos.
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