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¿Qué pasa con tu Afore si mueres? Así puedes heredar tu dinero

La herencia de los ahorros en una cuenta afore es un tema crucial para la seguridad financiera de los beneficiarios.

Comprender cómo se heredan los ahorros de una cuenta afore es esencial para proteger el futuro financiero de los seres queridos. Foto: Canva
Comprender cómo se heredan los ahorros de una cuenta afore es esencial para proteger el futuro financiero de los seres queridos. Foto: Canva

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Por: Reynol González

A lo largo de su vida laboral, los trabajadores acumulan fondos en su cuenta de Afore, y dichos fondos tienen como fin disponer de una pensión al momento de la jubilación.

Sin embargo, el destino de estos recursos tras el fallecimiento del titular es un aspecto que genera muchas dudas entre los asegurados.

Cuando un afiliado a IMSS o ISSSTE muere, los fondos acumulados en su cuenta pueden ser heredados. Los beneficiarios designados tienen el derecho de acceder a este dinero, lo cual plantea preguntas sobre el proceso y requisitos a seguir.

¿Qué tipos de beneficiarios hay en la Afore?

Según las autoridades, los beneficiarios de recursos se dividen en dos categorías. Aquellos que son beneficiarios legales recibirán su dinero a través de pensiones, pero si son menores o los fondos son insuficientes, el pago se hará de una sola vez.

Los derechos de los beneficiarios dependen de su categoría. Mientras algunos disfrutarán de una pensión a largo plazo, otros verán su dinero entregado de inmediato, lo que genera un gran impacto dependiendo de la situación financiera de cada uno.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios de tu Afore?

Cuando se trata de beneficiarios de pensiones, la Consar establece varios grupos que pueden recibir apoyo económico. Aquí te presentamos de manera sencilla quiénes son:

  • Viuda o Viudo: Si el último dependía económicamente del trabajador, esta persona tiene derecho a recibir beneficios.
  • Hijos Menores de 16 Años: Los niños o niñas menores de 16 años pueden ser beneficiarios, o hasta los 25 si están estudiando en una institución educativa nacional.
  • Concubina o Concubinario: Si no hay cónyuge, el concubino o concubina puede acceder a los beneficios, siempre que dependiera financieramente de la trabajadora.
  • Ascendientes: En ausencia de cónyuge, hijos o pareja, los padres o abuelos del trabajador pueden ser beneficiarios si dependían de él económicamente.

¿Qué pasa con los recursos si no hay registro de beneficiarios? 

En esta situación, los beneficiarios se llaman "designados", y se refieren a aquellas personas que no tienen relación familiar con el empleado y que no podrá ser a través de una pensión para que puedan recibir los recursos. 

Según la Consar, de darse este escenario, es decir, de no existir beneficiados legales registrados, los recursos serán asignados a un beneficiario sustituto.

Dicho beneficiario es elegido directamente por el trabajador en su Afore y no tiene que ser necesariamente un familiar.

Aquí tienes los pasos que deben seguir los beneficiarios para recuperar el dinero del Afore de una persona fallecida:

  • Acudir a la Subdelegación del IMSS o ISSSTE: Los beneficiarios deben visitar la oficina correspondiente para iniciar el proceso de pensión.
  • Solicitar la resolución de pensión: Es fundamental pedir la resolución que determina cómo se gestionará la pensión del fallecido.
  • Presentar la documentación necesaria: Deben reunir y entregar todos los documentos requeridos para facilitar la recuperación del dinero.
  • Esperar el trámite: Luego de realizar la solicitud, hay que estar atentos al avance del proceso y a posibles requerimientos adicionales.

Ahora bien, si tú eres el Beneficiario Sustituto, acércate a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener tu laudo.

Otra opción es contactar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que ofrece asesoría legal gratuita para guiarte en el proceso.

Luego de la muerte de un trabajador, los beneficiarios deben dirigirse a la AFORE donde estaba inscrito el fallecido.

Allí, tendrán que completar el formato de Disposición de Recursos, con lo que recibirán de manera directa el capital del régimen pensionario.

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